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Oficina Municipal de Urbanismo

El objetivo fundamental de la competencia urbanística es la regulación y control de todos los actos de edificación y uso del suelo, de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable.

Foto de la fachada del edificio de Urbanismo

Las competencias municipales en materia de urbanismo integran una de las áreas de organización municipal que se compone, a su vez, de tres departamentos:

Su misión fundamental es la tramitación de los instrumentos de ordenación tales como:

  • Modificaciones puntuales del Plan General de Ordenación (PGO) y del Catálogo Urbanístico.
  • Planes Parciales.
  • Planes Especiales.
  • Estudios de Detalle.
  • Estudios de Implantación.
  • Proyectos de Urbanización.
  • Convenios Urbanísticos.
  • Reparcelaciones.
  • Expropiaciones urbanísticas.
  • Delimitación de Unidades de Actuaciones.
  • Cesiones Obligatorias – Reparcelaciones.
  • Consultas sobre condiciones de edificación y actividades ganaderas.
  • Segregaciones y Parcelaciones.
  • Certificaciones Urbanísticas.
  • Alineaciones y rasantes de finca.

Dentro de Planeamiento y Gestión Urbanística se encuentra la Sección Técnica Gestión Urbanística que está formada por el Jefe del Servicio de Gestión Urbanística, la Arquitecto Municipal, la Delineante y un Topógrafo. Tiene como objetivos:

  • Promover el desarrollo del Plan General.
  • Gestionar la obtención de suelo público y de cesiones para equipamientos, viario y sistemas generales.
  • Preparar técnicamente los Convenios urbanísticos.
  • Programar las actuaciones a desarrollar desde la Administración municipal y proponer las actuaciones necesarias para desbloquear el suelo privado que precise intervención municipal.
  • Ejecutar las directrices que en materia de planeamiento y gestión urbanística determine la Corporación

Su cometido comprende la tramitación de las licencias urbanísticas, que pueden englobarse en los siguientes tipos:

  • Licencias de obras.
  • Licencias de parcelación.
  • Licencias de actuaciones.
  • Licencias de actividad.
  • Licencias de ocupación y cambio de uso.

Su misión fundamental es proteger y defender la legalidad urbanística dentro del concejo, exigiendo, cuando proceda, la restauración de la realidad física alterada. Puede consistir en:

  • Controlar el cumplimiento de las condiciones de licencia tanto de obras como de actividades
  • Intervenir en la ejecución de obras sin título habilitante
  • Ordenar el cese de actividades en situación irregular
  • Garantizar el cumplimiento de normativa medioambiental y el deber de conservación y limpieza de inmuebles y parcelas
  • Exigir la debida tramitación de los Informes de Evaluación de Edificios de Siero
  • Intervenir en casos de urgencia y peligro urbanístico o medioambiental
  • Solicitar la colaboración de la inspección urbanística
  • Ejecutar forzosamente el restablecimiento de legalidad por resistencia del obligado
  • Sancionar actuaciones realizadas fuera de la legalidad aplicable
  • Exigir la conservación de bienes de interés histórico o etnográfico
  • Gestionar el control de plagas
  • Coordinar y participar en campañas de interés medioambiental

-Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

-Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios.

-Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

-Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

-Real Decreto 761/2017, de 21 de julio, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Asturias.

-Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional y Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba su Reglamento de Desarrollo (Acuartelamiento de Cabo Noval).

-Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo en el Principado de Asturias (TROTU).

-Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU).

-Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural y Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Desarrollo.

-Ley del Principado de Asturias 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

-Ley del Principado de Asturias 8/2006, de 13 de noviembre, de Carreteras.

-Ley del Principado de Asturias 9/2010, de 17 de diciembre, de Comercio Interior.

-Ley del Principado de Asturias 1/2023, de 15 de marzo, de Calidad Ambiental.

-Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de terrazas, mesas y sillas (Terrazas de Hostelería).

-Ordenanza Municipal reguladora de vados y badenes.

-Ordenanza Municipal reguladora de vallas, carteleras, monopostes y otros elementos de publicidad exterior.

-Ordenanza Municipal reguladora de las instalaciones de telecomunicaciones.

-Ordenanza Municipal reguladora de las condiciones para la instalación de ascensores en edificios existentes de carácter residencial.

-Reglamento de carreteras y caminos municipales.

La misión fundamental de ésta Sección es la tramitación de los Instrumentos de Ordenación y Desarrollo del PGO y de Gestión Urbanística:

  1. Alineaciones y rasantes de finca
  2. Certificaciones Urbanísticas
  3. Cesiones Obligatorias
  4. Compra de derechos urbanísticos
  5. Consultas sobre condiciones de edificación y actividades ganaderas
  6. Convenios Urbanísticos
  7. Delimitación de Unidades de Actuaciones
  8. Devolución de avales
  9. Expropiaciones urbanísticas
  10. Normalización de fincas
  11.  Proyectos de actuación
  12.  Proyectos de compensación
  13. Proyectos de Urbanización
  14.  Recepción de obras de urbanización
  15. Reparcelaciones
  16. Segregaciones y Parcelaciones

CONTROL DE LEGALIDAD: poner en conocimiento de la Sección hechos que pudieran ser constitutivos de infracción urbanística o medioambiental, bien personalmente presentando su solicitud (aquí pondría enlace al modelo de Solicitud General), a través de la sede electrónica o de nuestro banner (enlace) de comunicación de un hecho o conducta que pudiera dar lugar a la apertura de un expediente.

– Tramitar denuncias por obras o actividades que no cumplen las condiciones de licencia
– Control de actividad de hostelería: horario, terrazas, documentación en lugar visible, etc.
– Paralización de obras o actividades sin licencia
– Legalización de obras que cumplen con el PGMO de Siero
– Demolición de obras ilegalizables
– Retirada de instalaciones prohibidas: casetas de obra, contenedores isotermo, movil home, chabolas o similares.
– Requerimientos para adaptar la altura de los cierres vegetales
– Clausura de actividades sin licencia
– Mantener todo tipo de terrenos y construcciones en condiciones de higiene y ornato
– Informes de Evaluación de Edificios
– Declaración de ruina
– Conservación de bienes de hórreos, paneras o bienes de interés cultural
– Ordenar el desalojo y apuntalamiento de inmuebles con peligro de derrumbe
– Ordenar la adopción de medidas urgentes en caso de peligro para las personas y/o los bienes
– Suciedad en vía pública causada por la ejecución de obras
– Instalación de vallas publicitarias
– Corte de suministros de inmuebles sin Licencia de Uso y Ocupación
– Declaración de fuera de ordenación de inmuebles
– Certificados de no haber tramitado expediente de Disciplina Urbanística
– Expedientes sancionadores relacionados con cualquiera de estas materias

– Ruidos
– Quemas sin licencia
– Retirada de vertederos, residuos, escombros o vehículos abandonados
– Vertidos irregulares a la vía pública
– Autorizaciones de vertidos industriales a la red municipal
– Control de plagas
– Campaña de compostaje doméstico anual (enlace a la solicitud de participación – FEBRERO DE CADA AÑO)
– Gestión de contenedores de recogida selectiva de basura
– Mantenimiento de fuentes naturales, areas recreativas y sendas verdes
– Control de talas domésticas y no domésticas
– Tratamientos Fitosanitarios
– Autorización excepcional del uso de megafonía
– Expedientes sancionadores relacionados con cualquiera de estas materias